*Con ello se protegen los derechos reproductivos y sexuales de la mujer
Tepic, Nayarit.- Para que mujeres embarazadas sean atendidas oportunamente ante una emergencia obstétrica, no reciban abuso verbal y maltrato físico, el Congreso del Estado aprobó diversas modificaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley de Salud, ambas del Estado de Nayarit.
El presidente de la Comisión de Salud, Alejandro Regalado Curiel explicó que en las mismas reformas se definió el concepto de violencia obstétrica, lo que permitirá prevenir y erradicar este tipo de agresiones, protegiendo los derechos reproductivos y libertad sexual de las mujeres.
En la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 23, fracción VI, queda estipulado que toda acción ejercida a una mujer dentro de la esfera de atención médica por el personal de salud público y privado sea de trato ofensivo, manipulación, desinformación intencionada, abuso de medicalización, imposición de tratamientos médicos o el lenguaje innecesario para humillar, limitar o vulnerar los derechos reproductivos, sexuales y de salud se considera violencia obstétrica.
Para concluir, Alejandro Regalado Curiel, añadió que está reforma es un paso importante, para cuidar la salud de las mujeres, por lo que festeja que por fin se haya hecho.
*Con ello se protegen los derechos reproductivos y sexuales de la mujer
Tepic, Nayarit.- Para que mujeres embarazadas sean atendidas oportunamente ante una emergencia obstétrica, no reciban abuso verbal y maltrato físico, el Congreso del Estado aprobó diversas modificaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley de Salud, ambas del Estado de Nayarit.
El presidente de la Comisión de Salud, Alejandro Regalado Curiel explicó que en las mismas reformas se definió el concepto de violencia obstétrica, lo que permitirá prevenir y erradicar este tipo de agresiones, protegiendo los derechos reproductivos y libertad sexual de las mujeres.
En la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 23, fracción VI, queda estipulado que toda acción ejercida a una mujer dentro de la esfera de atención médica por el personal de salud público y privado sea de trato ofensivo, manipulación, desinformación intencionada, abuso de medicalización, imposición de tratamientos médicos o el lenguaje innecesario para humillar, limitar o vulnerar los derechos reproductivos, sexuales y de salud se considera violencia obstétrica.
Para concluir, Alejandro Regalado Curiel, añadió que está reforma es un paso importante, para cuidar la salud de las mujeres, por lo que festeja que por fin se haya hecho.
Comentarios