Subcontratación laboral en proceso de desaparición

*Debido a los cambios legislativos, esta actividad será derogada, señalaron representantes del Colegio de Contadores 

Tepic, Nayarit.- El Colegio de Contadores Públicos del estado de Nayarit, tras la última reunión en la que estuvieron presentes Fernando Ortega Contreras, Crystian Medina Zúñiga, Román Loza Estrada y Bertha Olmedo González del IMSS Nayarit, se trató el tema de la tramitología ante este Instituto con motivo de la reforma al régimen de subcontratación laboral

El presidente de la organización, Arturo García Ramírez, recordó que el 23 de abril del 2021 se realizó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, Código Fiscal de la Federación, Ley del Seguro Social, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del INFONAVIT y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 

Este decreto aclaró que elimina la intermediación laboral y la prestación de servicios de personal, para únicamente permitir la subcontratación de servicios y obras especializadas. Quien contrate estos servicios u obras será responsable solidario en caso de incumplimiento. Para efectos laborales, comentó que tratándose de empresas que operan bajo un régimen de subcontratación, no será necesario acreditar la transmisión de bienes para que se considere sustitución patronal durante el plazo de 90 días naturales, debiéndose transferir a los trabajadores en este plazo y reconocer los derechos laborales. La fecha límite para este trámite es el 24 julio del 2021. 
 
También desaparece el registro patronal por clase que podían solicitar las prestadoras de servicios de personal. Las empresas que cotizaban ante el IMSS con un registro patronal por clase o bajo el esquema de "outsourcing", tendrán 90 días naturales para dar de baja sus registros por clase y, de ser procedente, solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social un registro patronal. 
 
Para concluir, Arturo García Ramírez añadió que una vez que culmine este plazo, el IMSS dará de baja todos los registros patronales por clase, salvo que en este registro permanezcan trabajadores incapacitados. Y que, con el objeto de facilitar al sector patronal el cumplimiento de obligaciones en materia de sustitución patronal, se propone un esquema simplificado que reduce a la mitad el número de requisitos a cumplir.

*Debido a los cambios legislativos, esta actividad será derogada, señalaron representantes del Colegio de Contadores 

Tepic, Nayarit.- El Colegio de Contadores Públicos del estado de Nayarit, tras la última reunión en la que estuvieron presentes Fernando Ortega Contreras, Crystian Medina Zúñiga, Román Loza Estrada y Bertha Olmedo González del IMSS Nayarit, se trató el tema de la tramitología ante este Instituto con motivo de la reforma al régimen de subcontratación laboral

El presidente de la organización, Arturo García Ramírez, recordó que el 23 de abril del 2021 se realizó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, Código Fiscal de la Federación, Ley del Seguro Social, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del INFONAVIT y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 

Este decreto aclaró que elimina la intermediación laboral y la prestación de servicios de personal, para únicamente permitir la subcontratación de servicios y obras especializadas. Quien contrate estos servicios u obras será responsable solidario en caso de incumplimiento. Para efectos laborales, comentó que tratándose de empresas que operan bajo un régimen de subcontratación, no será necesario acreditar la transmisión de bienes para que se considere sustitución patronal durante el plazo de 90 días naturales, debiéndose transferir a los trabajadores en este plazo y reconocer los derechos laborales. La fecha límite para este trámite es el 24 julio del 2021. 
 
También desaparece el registro patronal por clase que podían solicitar las prestadoras de servicios de personal. Las empresas que cotizaban ante el IMSS con un registro patronal por clase o bajo el esquema de "outsourcing", tendrán 90 días naturales para dar de baja sus registros por clase y, de ser procedente, solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social un registro patronal. 
 
Para concluir, Arturo García Ramírez añadió que una vez que culmine este plazo, el IMSS dará de baja todos los registros patronales por clase, salvo que en este registro permanezcan trabajadores incapacitados. Y que, con el objeto de facilitar al sector patronal el cumplimiento de obligaciones en materia de sustitución patronal, se propone un esquema simplificado que reduce a la mitad el número de requisitos a cumplir.

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