*Se realizaron las reformas correspondientes, para evitar que se afecte al trabajador
México.- La titular del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, destacó los siete principales puntos que adopta la Reforma en Materia de Subcontratación Laboral y refirió que se prohíbe este esquema de contratación a través de nomineras o de empresas que transfieren personal a las empresas matrices. Refirió que se permite la subcontratación únicamente de servicios y obras especializadas; siempre y cuando no formen parte ni de los objetos sociales ni de las actividades económicas preponderantes de las empresas.
Como tercer punto, dijo, las empresas que deseen proveer servicios especializados tendrán que estar registrados en un padrón, a cargo de la STPS, para acreditar la especialidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social. Expresó que otro elemento fundamental de esta reforma es que las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder ante los trabajadores en caso de incumplimiento; es decir, establece la responsabilidad solidaria.
Asimismo, agregó que con la finalidad de que se tengan criterios claros y que no existan estos huecos a través de los cuales se ha venido colando la simulación en esta materia se homologaron el Código Fiscal, las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Impuesto Sobre la Renta (ISR), y del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) con la Ley Federal del Trabajo.
Finalmente, aseguró que también se reformó la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, que regula al gobierno federal por lo que dijo ya iniciaron procesos de diagnóstico en las diferentes dependencias para que la administración pública regularice a todo el personal subcontratado.
*Se realizaron las reformas correspondientes, para evitar que se afecte al trabajador
México.- La titular del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, destacó los siete principales puntos que adopta la Reforma en Materia de Subcontratación Laboral y refirió que se prohíbe este esquema de contratación a través de nomineras o de empresas que transfieren personal a las empresas matrices. Refirió que se permite la subcontratación únicamente de servicios y obras especializadas; siempre y cuando no formen parte ni de los objetos sociales ni de las actividades económicas preponderantes de las empresas.
Como tercer punto, dijo, las empresas que deseen proveer servicios especializados tendrán que estar registrados en un padrón, a cargo de la STPS, para acreditar la especialidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social. Expresó que otro elemento fundamental de esta reforma es que las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder ante los trabajadores en caso de incumplimiento; es decir, establece la responsabilidad solidaria.
Asimismo, agregó que con la finalidad de que se tengan criterios claros y que no existan estos huecos a través de los cuales se ha venido colando la simulación en esta materia se homologaron el Código Fiscal, las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Impuesto Sobre la Renta (ISR), y del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) con la Ley Federal del Trabajo.
Finalmente, aseguró que también se reformó la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, que regula al gobierno federal por lo que dijo ya iniciaron procesos de diagnóstico en las diferentes dependencias para que la administración pública regularice a todo el personal subcontratado.
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