Despenalizan el aborto en Ecuador en caso de violación

*Siete de nueve jueces votaron a favor de declarar inconstitucionales los artículos 149 y 150 del código integral penal 

Ecuador.– Este miércoles la Corte Constitucional del país, falló a favor de la despenalización del aborto por violación lo que permitirá cambiar las leyes que sancionaban la acción con prisión. 

El artículo 149 y 150 del código penal fueron declarados inconstitucionales, en donde el primero de ellos señalaba que será sancionado con penas de uno a tres años a quien haga abortar a una mujer que así lo ha consentido y de seis meses a dos años a la mujer que lo ha solicitado, y el segundo permitía el aborto en caso de que la vida de la mujer esté en riesgo o de una violación de una mujer con discapacidad mental. 

Durante las últimas horas y a pesar de la orden de no realizar reuniones públicas, grupos de organizaciones que se oponían a tal reforma, especialmente grupos religiosos, llegaron hasta la Corte Constitucional para defender su posición. 

Por su parte la esposa del presidente electo Guillermo Lasso, María de Lourdes Alcivar, escribió a través de sus redes sociales “oremos a Dios para que no sea aprobado el aborto en nuestro país. Es un asesinato. Que nos duela el corazón solo al decirlo. Todos tenemos derecho a la vida. Madres, padres, eduquen en valor a sus hijos desde pequeñitos, a sus hijas desde que nacen para que sepan respetar la vida”. 

En consecuencia, Lolo Miño, una de las más conocidas activistas por los derechos de las mujeres expresó “lloro mientras escribo esto, porque no lo creo. Hoy las niñas y mujeres víctimas de violación en Ecuador, tienen una segunda oportunidad. La Corte Constitucional despenalizó hoy el aborto en casos de violación”.

*Siete de nueve jueces votaron a favor de declarar inconstitucionales los artículos 149 y 150 del código integral penal 

Ecuador.– Este miércoles la Corte Constitucional del país, falló a favor de la despenalización del aborto por violación lo que permitirá cambiar las leyes que sancionaban la acción con prisión. 

El artículo 149 y 150 del código penal fueron declarados inconstitucionales, en donde el primero de ellos señalaba que será sancionado con penas de uno a tres años a quien haga abortar a una mujer que así lo ha consentido y de seis meses a dos años a la mujer que lo ha solicitado, y el segundo permitía el aborto en caso de que la vida de la mujer esté en riesgo o de una violación de una mujer con discapacidad mental. 

Durante las últimas horas y a pesar de la orden de no realizar reuniones públicas, grupos de organizaciones que se oponían a tal reforma, especialmente grupos religiosos, llegaron hasta la Corte Constitucional para defender su posición. 

Por su parte la esposa del presidente electo Guillermo Lasso, María de Lourdes Alcivar, escribió a través de sus redes sociales “oremos a Dios para que no sea aprobado el aborto en nuestro país. Es un asesinato. Que nos duela el corazón solo al decirlo. Todos tenemos derecho a la vida. Madres, padres, eduquen en valor a sus hijos desde pequeñitos, a sus hijas desde que nacen para que sepan respetar la vida”. 

En consecuencia, Lolo Miño, una de las más conocidas activistas por los derechos de las mujeres expresó “lloro mientras escribo esto, porque no lo creo. Hoy las niñas y mujeres víctimas de violación en Ecuador, tienen una segunda oportunidad. La Corte Constitucional despenalizó hoy el aborto en casos de violación”.

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