*Esta reforma podría afectar garantías individuales y es contraria al principio de seguridad jurídica de los particulares
México.- A la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) le preocupa que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda, de forma unilateral, bloquear cuentas bancarias, cuando cuente con indicios suficientes de que se trata de personas o actos relacionados con delitos de financiamiento al terrorismo o de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En los hechos no se garantiza que dentro de las justificaciones contempladas en la iniciativa del senador, Ricardo Monreal Ávila, se encuentran que dicha reforma supuestamente respeta los derechos procesales de las personas que son incluidas en la lista de personas bloqueadas, así como su garantía de audiencia, y que se establecen plazos para comparecer ante la UIF, para que dicha Unidad emita una resolución fundada y motivada que podría ser impugnada por el interesado.
Por otra parte, en la Confederación Patronal consideran que en la iniciativa se intenta solventar la falta de correspondencia constitucional señalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al establecerse el procedimiento de bloqueo de cuentas, incluyendo la garantía de audiencia, pero no se distingue el tipo de acto o investigación que motiva el bloqueo, lo cual podría derivar en actos discrecionales de la autoridad.
La posición de la COPARMEX es que esta reforma podría afectar garantías individuales y es, además, contraria al principio de seguridad jurídica de los particulares, por las razones que a continuación enumeramos:
El bloqueo de operaciones activas y pasivas, así como el de servicios bancario, no deja de ser una medida cautelar, y lo que se busca es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pueda mantener por más tiempo sus efectos.
*Esta reforma podría afectar garantías individuales y es contraria al principio de seguridad jurídica de los particulares
México.- A la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) le preocupa que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda, de forma unilateral, bloquear cuentas bancarias, cuando cuente con indicios suficientes de que se trata de personas o actos relacionados con delitos de financiamiento al terrorismo o de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En los hechos no se garantiza que dentro de las justificaciones contempladas en la iniciativa del senador, Ricardo Monreal Ávila, se encuentran que dicha reforma supuestamente respeta los derechos procesales de las personas que son incluidas en la lista de personas bloqueadas, así como su garantía de audiencia, y que se establecen plazos para comparecer ante la UIF, para que dicha Unidad emita una resolución fundada y motivada que podría ser impugnada por el interesado.
Por otra parte, en la Confederación Patronal consideran que en la iniciativa se intenta solventar la falta de correspondencia constitucional señalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al establecerse el procedimiento de bloqueo de cuentas, incluyendo la garantía de audiencia, pero no se distingue el tipo de acto o investigación que motiva el bloqueo, lo cual podría derivar en actos discrecionales de la autoridad.
La posición de la COPARMEX es que esta reforma podría afectar garantías individuales y es, además, contraria al principio de seguridad jurídica de los particulares, por las razones que a continuación enumeramos:
El bloqueo de operaciones activas y pasivas, así como el de servicios bancario, no deja de ser una medida cautelar, y lo que se busca es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pueda mantener por más tiempo sus efectos.
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