Fiscalia desmiente devolución de propiedades a Roberto Sandoval

*No hay amparo que ordene regresar los bienes 

Tepic, Nayarit.- Con relación a la información hecha pública en cuanto a la supuesta devolución de bienes asegurados a personas relacionadas con el ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda, la Fiscalía General del Estado, en comunicado de prensa, precisó lo siguiente: 

1. Cualquier abogado litigante sabe que un amparo para fundar y motivar o para efectos, la mayoría de las veces representa una negativa encubierta. 

2. Con fecha 22 de septiembre de 2020, el Segundo Tribunal Colegiado resolvió el recurso de revisión interpuesto tanto por la Fiscal del fuero común titular de la carpeta de investigación, como por el Ministerio Público Federal, en contra de un amparo concedido por un Juez de Distrito con fecha 17 de julio de 2018. El Colegiado duró más de 2 años en resolverlo.

3. Los quejosos en el amparo son familiares del ex gobernador y dos personas jurídicas a cuyo favor se encuentran dos inmuebles que fueron materia de aseguramiento; en la resolución no se entró al fondo, se concedió el amparo por una cuestión formal de fundamentación y motivación. 

4. En la resolución que en su momento se habrá de cumplimentar –porque no hemos sido requeridos-, se otorga completa plenitud de jurisdicción a esta Fiscalía para reiterar el acuerdo de aseguramiento, solamente cumpliendo el lineamiento dado de fundamentación y motivación. 

5. Es falso que el amparo ordene devolver las propiedades aseguradas. 

6. Tal parece que el bufete de abogados del exgobernador Roberto Sandoval Castañeda ya no ocupa facturar publicidad, pues tiene voceros que le construyen victorias que no lo son.

*No hay amparo que ordene regresar los bienes 

Tepic, Nayarit.- Con relación a la información hecha pública en cuanto a la supuesta devolución de bienes asegurados a personas relacionadas con el ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda, la Fiscalía General del Estado, en comunicado de prensa, precisó lo siguiente: 

1. Cualquier abogado litigante sabe que un amparo para fundar y motivar o para efectos, la mayoría de las veces representa una negativa encubierta. 

2. Con fecha 22 de septiembre de 2020, el Segundo Tribunal Colegiado resolvió el recurso de revisión interpuesto tanto por la Fiscal del fuero común titular de la carpeta de investigación, como por el Ministerio Público Federal, en contra de un amparo concedido por un Juez de Distrito con fecha 17 de julio de 2018. El Colegiado duró más de 2 años en resolverlo.

3. Los quejosos en el amparo son familiares del ex gobernador y dos personas jurídicas a cuyo favor se encuentran dos inmuebles que fueron materia de aseguramiento; en la resolución no se entró al fondo, se concedió el amparo por una cuestión formal de fundamentación y motivación. 

4. En la resolución que en su momento se habrá de cumplimentar –porque no hemos sido requeridos-, se otorga completa plenitud de jurisdicción a esta Fiscalía para reiterar el acuerdo de aseguramiento, solamente cumpliendo el lineamiento dado de fundamentación y motivación. 

5. Es falso que el amparo ordene devolver las propiedades aseguradas. 

6. Tal parece que el bufete de abogados del exgobernador Roberto Sandoval Castañeda ya no ocupa facturar publicidad, pues tiene voceros que le construyen victorias que no lo son.

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